Comisión que cobramos
Recién recibí y respondí un correo que me envió una lectora de este Blog en EEUU a la cual le agradezco enormemente dicha consulta.
Es que los corredores damos por conocido el tema y no necesariamente es así.
Copio el mensaje que me envió.
«Hola,,
Vivo en USA. y tengo un departamento en arriendo en
Chile..(Santiago).el asunto es que tengo en Arriendo ese dpto desde el
2000, y a esta fecha no se cuanto es la comision legal que deberia
cobrar un corredor por un arriendo que fluctua entre los 150 y 200 mil
pesos.
Podria Ud darme una idea o si hay una tabla legal por la que se rigen
para cobrar sus comisiones. lo mismo para una venta. supongo que la
comision dependera del valor de la venta.
Muchisimas gracias y un cordial saludo.»
Copio mi respuesta:
«Estimada :
Gracias por su consulta.
En Chile la comisión que cobramos los corredores de propiedades no está reglamentada y obedece a lo que, legalmente se denomina “por costumbre”, y ésta, en el caso de un arriendo, equivale al 50% sobre el valor de un mes de arriendo y asciende al 2% sobre el valor final de la compraventa. Ambas comisiones son más impuestos.
En el caso específico de su departamento, si el arriendo es de $ 200.000,-, la comisión a pagar es de $100.000,- más impuesto.
Los impuestos a sumar van a depender si usted requiere de una Factura (19%) que en general se emiten a clientes que son empresas o de una Boleta de Honorarios (10%) que se emiten para clientes que no son empresas.
Espero haber respondido y aclarado sus dudas.»