Guía para Propietarios en Chile
Las inundaciones recurrentes en subterráneos debido a fallas en las bombas de pozo profundo (bombas peas) son un dolor de cabeza frecuente en edificios nuevos y antiguos. Cuando el estacionamiento o la bodega —cada uno con su propio Rol— quedan inutilizables, surge la duda: ¿Quién debe responder y qué derechos tengo como propietario?
En esta entrada analizamos el camino legal y administrativo a seguir, especialmente cuando la constructora ya no existe.
¿Quién debe asignar un espacio provisorio?
Cuando un propietario no puede usar su unidad debido a un desperfecto en un bien común (como son las bombas del edificio), la gestión de la contingencia recae en la gobernanza de la comunidad.
La Administración: Es la encargada de ejecutar las reparaciones de los bienes comunes. Debe gestionar la mantención y asegurar el correcto funcionamiento de los equipos.
El Comité de Administración: Tiene la facultad de autorizar medidas de mitigación. Ante una emergencia, el Comité puede (y debería por sana convivencia) autorizar el uso temporal de estacionamientos de visitas o áreas comunes despejadas para el propietario afectado.
Importante: Legalmente, ni la administración ni el comité pueden «quitarle» el estacionamiento a otro copropietario para dárselo a usted, pero sí deben buscar soluciones paliativas en los espacios que la comunidad administra.
¿Qué pasa con el dividendo si no puedo usar el inmueble?
Muchos propietarios se preguntan si pueden suspender el pago al banco o exigirle responsabilidades. La respuesta jurídica es tajante: No.
El Crédito Hipotecario es independiente: El banco es un acreedor financiero, no un garante de la calidad constructiva. Usted debe seguir pagando el dividendo para evitar intereses de mora o cobranzas judiciales.
Seguro de Incendio y Sismo: Revise su póliza asociada al crédito. Algunos seguros incluyen cobertura por daños por agua o fallas en instalaciones. Podría obtener una indemnización por daños materiales a los bienes guardados en la bodega, aunque difícilmente cubrirá la «lucro cesante» por no usar el espacio.
Acciones legales: ¿A quién demandar si la constructora quebró?
Si la constructora ha quebrado, la situación se vuelve más compleja pero existen alternativas:
1. Responsabilidad de la Inmobiliaria
Bajo la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la responsabilidad es solidaria. Si la Inmobiliaria (quien vende) aún existe legalmente, ella es la responsable de las fallas de instalaciones (plazo de 3 años) o fallas constructivas (plazo de 5 años).
2. Demanda contra la Comunidad
Si las inundaciones persisten porque la Administración no ha realizado las mantenciones adecuadas o el Comité se niega a invertir en la renovación de las bombas peas, el propietario puede interponer una denuncia en el Juzgado de Policía Local por infracción a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria.
3. Ley del Consumidor
Si el problema es de diseño y la postventa no responde (o no existe), se puede escalar el caso mediante una acción de protección al consumidor, buscando indemnización por el daño moral y material de no poder utilizar una propiedad por la cual usted paga contribuciones y gastos comunes.
Recomendaciones finales para el propietario
Documente todo: Tome fotografías y videos de cada inundación.
Carta certificada: Envíe una comunicación formal a la Administración dejando constancia del cese de uso de sus unidades.
Certificado de la Municipalidad: En casos graves, se puede solicitar una inspección de la Dirección de Obras Municipales (DOM).
En Ortúzar Propiedades, no somos abogados pero entendemos que la inversión inmobiliaria requiere respaldo y conocimiento. Si estás enfrentando problemas legales con tu propiedad en la zona de Villarrica o Pucón o en cualquier parte de Chile, es vital asesorarse correctamente con un buen abogado que entienda de estos asuntos.


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